1/1
 
Período de referencia:
Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2001-2007 (PDESN)
Ministerio:
Ministerio para la Vivienda y el Hábitat-MINVIH
Nombre del programa:
Habilitación Física de las Zonas de Barrios
Año de inicio:
2000
Consideraciones legales:
Creación: 21/06/2000 (Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 36.977)
Equilibrio PDESN:
2. Social: Alcanzar la justicia social/ Incorporación progresiva (Inclusión)
Sub objetivos PDESN:
2.1 Garantizar el disfrute de los derechos sociales de forma universal y equitativa
Sub sub objetivos PDESN:
2.1.4 Vivienda y ambiente seguro y sano
Estados:
Amazonas; Anzoátegui; Apure; Aragua; Barinas; Bolívar; Carabobo; Cojedes; Delta Amacuro; Distrito Capital; Falcón; Guárico; Lara; Mérida; Miranda; Monagas; Nueva Esparta; Portuguesa; Sucre; Táchira; Trujillo; Vargas; Yaracuy; Zulia
Institución coordinadora:
Ministerio para la Vivienda y el Hábitat (MINVIH)
Adscrita a:
Poder Ejecutivo; Consejo de Ministros; Presidencia de la República
Institución ejecutora:
Consejo Nacional de la Vivienda (CONAVI)
Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI)
Fundación para el mejoramiento de los Barrios (FUNDABARRIOS)
Fondo de Desarrollo Urbano (FONDUR)
Adscrita a:
Ministerio para la Vivienda y el Hábitat (MINVIH)
Situación de diagnóstico:
Se establecieron como elementos para la instauración de este programa, el entender que 85% de la población venezolana es urbana, y reside en ciudades.
En las ciudades venezolanas más de 50% de sus habitantes reside en barrios.
Estos desarrollos tienden a permanecer y consolidarse en el tiempo, siendo que las viviendas, se convierten en el principal patrimonio económico y existencial de sus habitantes.
Necesidad de integrar a los pobladores de la zona de barrios a la ciudad y sus servicios para mitigar los altos índices de violencia, la falta de conciencia cívica, la deficiente prestación de servicios a las que están expuestos los ciudadanos y ciudadanas que en ellas residen y asunción del trabajo a realizar como zona de riesgos, para preservar la armonía y calidad de vida de las personas en el ámbito urbano.
Descripción del programa:
El programa de habilitación física de las zonas de barrios, previsto en el numeral 2 del artículo 12 del Decreto con rango y fuerza de Ley que regula el Subsistema de Vivienda y Política Habitacional, destinado a la mejor estructuración urbana de las grandes zonas de barrios con el resto de la ciudad de la que forman parte, está dirigido a la construcción, reconstrucción, ampliación, remodelación, mejora, dotación de equipos fijos y mantenimiento mayor de obras de prevención de riesgos geológicos y de otro tipo, obras mayores de infraestructura y obras de equipamientos colectivos de ámbito intermedio.
Objetivo del programa:
Lograr la mejor estructuración urbana de las grandes zonas de barrios con el resto de la ciudad de la que forman parte, está dirigido a la construcción, reconstrucción ampliación, remodelación, mejora, dotación de equipos fijos y mantenimiento mayor de obras de prevención de riesgos geológicos y de otro tipo, obras mayores de infraestructura y obras de equipamientos colectivos de ámbito intermedio.
De la misma manera, tiene por objeto la inserción de sus habitantes en el sistema social y económico, a través del apoyo y el fortalecimiento de la organización comunitaria; y la promoción de su participación en el desarrollo urbano local, tanto en las fases de planificación, elaboración de proyecto y construcción, como en el mantenimiento de las obras y los espacios comunes, hasta la formación de una conciencia ciudadana con derechos y obligaciones para con toda la ciudad.
Objetivos específicos:
1. Las obras locales de vialidad pública vehicular y peatonal, otros espacios públicos, mobiliario urbano y ornato público, así como vías, escaleras y caminerías semiprivadas; todo tipo de infraestructuras, incluyendo ramales terminales semiprivados, acometidas, empotramientos y conexiones individuales y colectivas; equipamientos colectivos de ámbito primario.
2. La demolición total o parcial de viviendas existentes y la construcción o remodelación de viviendas de sustitución de aquellas afectadas por la prevención de riesgos o por las otras obras de habilitación física, consideradas como reposición en especie de costos de expropiación para obras urbanas, así como las inversiones necesarias para la adquisición de tierras privadas ocupadas por barrios.
3. La preinversión en todos los estudios necesarios para su mejor orientación: Inventarios Nacionales, Planes Sectoriales, Planes Especiales, Planes sumarios de pequeñas ciudades, entre otros, así como todos los estudios especiales, anteproyectos, proyectos y supervisión para todos los tipos de obras descritos.
4. La preinversión en estudios y trabajo social o comunitario, de desarrollo de las capacidades comunitarias de organización, gestión y administración, así como de otras necesarias en la habilitación física de las zonas de barrios.
Sector:
Hábitat, Vivienda y Servicios; Asistencia y Protección Social
Tipología:
Infraestructura Social; Equipamiento y Dotación; Formación y Capacitación; Promoción y Prevención
Estrategia de
implementación
:

A nivel macro: Con la elaboración de Planes Sectoriales diseño y programación de actuaciones urbanísticas a escala metropolitana.
A nivel intermedio: Propuestas de obras de ingeniería correctiva y preventiva frente a riesgos geológicos, acueductos, emisarios cloacales principales, entre otros.
A nivel local: Proyectos de habilitación física.
Mecanismos de acceso
al programa
:

Si es una comunidad con carencia de infraestructura básica y factibilidad de dotación y/o si se encuentra en situaciones de emergencia que ameriten la habilitación del barrio pueden solicitar la operatividad del programa.
Para ello, la comunidad o un conjunto de sus vecinos o habitantes, deben solicitar la elaboración de una propuesta de habilitación para una zona de barrios o unidad de diseño urbano a los órgano ejecutores (en las Alcaldías, Institutos Municipales de la Vivienda y a los Institutos Regionales de la Vivienda).
Los recursos para la habilitación de los barrios los aporta el Gobierno Nacional, a través del CONAVI, y están dirigidos a mejorar la calidad habitacional de las familias desasistidas.
Pasos para la presentación de proyectos:
La comunidad organizada se dirige al organismo ejecutor y plantea su necesidad.
Con base en la necesidad de la comunidad, el organismo ejecutor elabora el planteamiento de habilitación y lo presenta ante el CONAVI.
Situación actual del
programa
:

En ejecución
Encargados del programa
por año
:

Ramón Carrizalez (2006-2007) Ministro del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat
Fuentes:
Entrevista con Javier Ramírez, Director (E) de Presupuesto del MINVIH
Normas de operación del decreto con rango y fuerza de Ley que regula el subsistema de vivienda y política habitacional. Decreto Nº 863 del 14/06/2000. Página Oficial del CONAVI