| Período de referencia: | Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2001-2007 (PDESN) |
| Ministerio: | Ministerio para la Vivienda y el Hábitat-MINVIH |
| Nombre del programa: | Mejoramiento y Ampliación de Casas en Barrios y Urbanizaciones Populares |
| Año de inicio: | 2000 |
| Consideraciones legales: | Creación: 21/06/2000 (Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 36.977) |
| Equilibrio PDESN: | 2. Social: Alcanzar la justicia social/ Incorporación progresiva (Inclusión) |
| Sub objetivos PDESN: | 2.1 Garantizar el disfrute de los derechos sociales de forma universal y equitativa
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| Sub sub objetivos PDESN: | 2.1.4 Vivienda y ambiente seguro y sano
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| Estados: | Amazonas; Anzoátegui; Apure; Aragua; Barinas; Bolívar; Carabobo; Cojedes; Delta Amacuro; Distrito Capital; Falcón; Guárico; Lara; Mérida; Miranda; Monagas; Nueva Esparta; Portuguesa; Sucre; Táchira; Trujillo; Vargas; Yaracuy; Zulia |
| Institución coordinadora: | Ministerio para la Vivienda y el Hábitat (MINVIH) |
| Adscrita a: | Poder Ejecutivo; Consejo de Ministros; Presidencia de la República |
| Institución ejecutora: | Consejo Nacional de la Vivienda (CONAVI) Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI) Fundación para el mejoramiento de los Barrios (FUNDABARRIOS) Fondo de Desarrollo Urbano (FONDUR) Centro Rafael Urdaneta Sociedad Anónima (CRUSA) |
| Adscrita a: | Ministerio para la Vivienda y el Hábitat (MINVIH) |
| Situación de diagnóstico: | En las ciudades, existen asentamientos urbanos anárquicos (barrios), sin planificación y sin control desprovistos de condiciones mínimas de habitabilidad, en los cuales muchas familias edificaron sus viviendas con esfuerzo e iniciativa propia o colectiva, asumiéndose como una alternativa para desarrollar su vida familiar.
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| Descripción del programa: | El programa de mejoramiento y ampliación de casas en barrios y urbanizaciones populares, urbanas o rurales, previsto en el numeral 3 del artículo 12 del Decreto con rango y fuerza de Ley que regula el Subsistema de Vivienda y Política Habitacional, comprende también las mejoras y eventuales ampliaciones de otro tipo de residencias privadas en esa misma clase de asentamientos populares y en otros, como zonas centrales y otras zonas de viviendas populares tradicionales, consideradas o no de valor histórico patrimonial.
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| Objetivo del programa: | Mejorar y/o, ampliar, las viviendas asentadas en los barrios y urbanizaciones populares (urbanas y rurales), con la participación activa de la comunidad organizada, a fin de integrarla a la estructura urbana de la ciudad.
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| Objetivos específicos: | El programa de ampliaciones y mejoras de casas y tipos de residencias privadas en barrios, urbanizaciones populares u otras formas de asentamientos populares incluye: 1. La adquisición de parcelas individuales de uso privado y colectivas de uso semiprivado, el financiamiento de corto plazo para la producción y de largo plazo, es decir, hasta tres (3) préstamos preclusivos con un lapso de recuperación no mayor de cinco (5) años cada uno u otras variantes, para la reposición del crédito, incluyendo la reposición del crédito y los casos con garantías subsidiarias. La recuperación total o parcial de lo invertido dependerá de la aplicación del subsidio directo a las familias con ingresos mensuales por debajo de una cantidad equivalente a 55 U.T. y, eventualmente, a las familias con ingresos mensuales mayores a una cantidad equivalente a 55 U.T., y hasta 110 U.T., de acuerdo con lo establecido en estas Normas de Operación correspondientes al subsidio directo a la demanda y a los créditos de largo plazo del Fondo de Aportes del Sector Público y Fondo Mutual Habitacional. 2. La preinversión en todos los estudios necesarios para su mejor orientación, así como todos los anteproyectos, proyectos y supervisión para las obras de ampliaciones y mejoras de las edificaciones. 3. La preinversión en estudios y trabajo social o comunitario de desarrollo de las capacidades familiares de organización, gestión y administración, así como de otras necesarias en las ampliaciones y mejoras de casas y otras formas de residencias privadas en barrios, urbanizaciones populares u otras formas de asentamientos populares previstas en el programa. 4. La investigación, comprendiendo aquellas a través de proyectos piloto para obtener y actualizar datos confiables de comportamientos y costos aplicables en todo el programa, y la asistencia técnica habitacional en los aspectos legales, técnico-constructivos, organizativos, administrativos, financieros y urbanísticos, así como la administrativa para la contratación dirigida de microempresas comunitarias en su fase de capacitación, entre otros. Comprende la instalación y operación de oficinas locales de asistencia técnica y los gastos de distintos sistemas de pasantías. 5. Los gastos de administración de obras, gastos generales de dirección de proyectos y administración general de ampliaciones y mejoras de casas y otras formas de residencias privadas en barrios, urbanizaciones populares u otras formas de asentamientos populares previstas en el programa. 6. En los proyectos de financiamiento multilateral para ampliaciones y mejoras de casas y otras formas de residencias privadas en barrios, urbanizaciones populares u otras formas de asentamientos populares, la contraparte nacional podrá constituir aportes financieros.
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| Sector: | Hábitat, Vivienda y Servicios; Asistencia y Protección Social |
| Tipología: | Infraestructura Social; Equipamiento y Dotación; Formación y Capacitación; Promoción y Prevención |
| Población objetivo: | Familias en asentamientos populares, urbanizaciones populares, cascos centrales y otras zonas de viviendas populares tradicionales, consideradas o no de valor histórico patrimonial.
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Metas programadas por año: |
| Año | Denominación | Metas programadas | | 2006 | Familias a beneficiar | 170 |
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Presupuesto asignado por año: |
| Año | Presupuesto asignado | 2005 2006 | Bs 1.340.436.761,27 Bs 25.699.977.132,16 |
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Estrategia de implementación: |
Para el caso de las ampliaciones y mejoras de casas en barrios, este programa incluye particularmente el refuerzo para prevención de riesgos sísmicos entre otras mejoras y ampliaciones, y se podrá desarrollar simultáneamente al de habilitación física de las zonas de barrios, apoyándose en los mismos ejecutores, organizaciones no gubernamentales y comunidades organizadas para la autogestión urbana, así como en oficinas locales de asistencia técnica. Para el caso de las ampliaciones y mejoras de casas en urbanizaciones populares, urbanas o rurales, el programa se podrá desarrollar simultáneamente al de rehabilitación física de la urbanización, apoyándose en los mismos ejecutores, organizaciones no gubernamentales y comunidades organizadas. En todos estos casos, se suma como agente activo del programa, la capacidad de gestión individual de las familias interesadas en la ampliación y mejora de sus casas o residencias. También aparecen como agentes del programa las entidades financieras u otras instituciones que puedan otorgar préstamos individuales a familias residenciadas en barrios y otras zonas residenciales populares deterioradas, los organismos ejecutores, las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones de la comunidad que puedan asistir técnicamente a las familias para el mejoramiento de sus espacios privados. Las empresas públicas, mixtas o privadas, podrán incorporarse como agentes del programa a que se refiere esta sección, mediante convenios especiales suscritos al efecto, bajo la asistencia técnica del Consejo Nacional de la Vivienda. El derecho a asistencia habitacional en ampliaciones y mejoras de residencias existentes es de los grupos familiares quienes podrán ejercerlo sin más limitaciones que las crediticias, técnicas y del sistema de elegibilidad. Por ello, las ampliaciones y mejoras de casas y otras formas de residencias privadas en barrios, urbanizaciones populares u otras formas de asentamientos populares previstas en el programa, podrán también efectuarse en subprogramas que contemplen la solución de las cuestiones de garantía crediticias y de idoneidad técnica, de manera diferente a la empleada coordinadamente con procesos de habilitación o rehabilitación física del sector urbano o rural. De este modo, el programa incluye la reposición total de viviendas muy precarias en las mismas parcelas que ocupan en barrios o zonas rurales, entre otras formas de mejoramiento de residencias privadas. |
Mecanismos de acceso al programa: |
Pueden acceder a este programa, las familias asentadas en barrios y urbanizaciones populares que: -Construyeron sus viviendas con sus propios medios, sin intervención del Estado (acceden al programa a través de subsidio o crédito). -Familias que recibieron un beneficio habitacional por parte del Estado -INAVI, SAVIR, tasas subsidiadas, entrega de materiales, etc. (acceden al programa por intermedio del crédito). -La solicitud deberá canalizarse, a través de un órgano ejecutor Nacional, Regional, Municipal. Las familias o individuos que tengan un ingreso mensual menor a 55 U.T., podrán optar a un subsidio habitacional para mejorar o ampliar sus viviendas Requisitos para optar al subsidio -Ser cotizante de La Ley de Política Habitacional -Ingreso familiar mensual hasta 55 U.T. -Ser venezolano o extranjero residente por mas de 5 años y ser padre o madre de un venezolano. -Condición habitacional actual: Tener vivienda propia sujeta a mejoramiento -No haber sido objeto de algún otro subsidio o beneficio de carácter habitacional |
Situación actual del programa: |
En ejecución |
Encargados del programa por año: |
Ramón Carrizalez (2006-2007) Ministro del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat |
| Fuentes: | Entrevista con Javier Ramírez, Director (E) de Presupuesto del MINVIH Normas de operación del decreto con rango y fuerza de Ley que regula el subsistema de vivienda y política habitacional Decreto Nº 863 del 14/06/2000. Página Oficial del CONAVI |