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Período de referencia:
Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2001-2007 (PDESN)
Ministerio:
Ministerio de Salud-MS
Nombre del programa:
Programa Nacional de Salud Sexual y Reproductiva
Año de inicio:
2000
Consideraciones legales:
Normativas en Salud Sexual y Reproductiva: 1998 (Publicación de la Norma Oficial para la Atención Integral en Salud Sexual y Reproductiva, 1º versión); Creación: 05/2000. ( Gaceta Oficial 37.705, Número 364). 05/2003. (Gaceta Oficial N° 37.815 del CNDNA)
Equilibrio PDESN:
2. Social: Alcanzar la justicia social/ Incorporación progresiva (Inclusión)
Sub objetivos PDESN:
2.1 Garantizar el disfrute de los derechos sociales de forma universal y equitativa
Sub sub objetivos PDESN:
2.1.2 Salud y calidad de vida para todos
Estados:
Amazonas; Anzoátegui; Apure; Aragua; Barinas; Bolívar; Carabobo; Cojedes; Delta Amacuro; Distrito Capital; Falcón; Guárico; Lara; Mérida; Miranda; Monagas; Nueva Esparta; Portuguesa; Sucre; Táchira; Trujillo; Vargas; Yaracuy; Zulia
Institución coordinadora:
Dirección de Salud Poblacional
Adscrita a:
Ministerio de Salud (MS)
Institución ejecutora:
Coordinación Nacional del Programa
Adscrita a:
Ministerio de Salud (MS)
Situación de diagnóstico:
Vacíos institucionales que impiden el avance certero hacia el establecimiento de una política pública de salud sexual y reproductiva
Descripción del programa:
Busca desarrollar una oferta de programas y de servicios integrados de salud sexual y reproductiva con enfoque integral, intra e intersectoriales, con participación de las instancias públicas y privadas involucradas en las áreas de Salud y Desarrollo social.
Pretende contribuir al desarrollo humano y social a través del desarrollo de políticas y acciones de promoción, prevención, restitución y rehabilitación, en salud sexual y reproductiva, con enfoque integral y equidad de género; de acuerdo a necesidades, riesgos y derechos específicos, de mujeres y hombres, durante todo su ciclo de vida.
Objetivo del programa:
Promover altos niveles de salud sexual y reproductiva en hombres y mujeres, como aspecto fundamental de la salud integral, el desarrollo humano y social, garantizando la autodeterminación, participación y corresponsabilidad en la gestión de salud
Objetivos específicos:
1- Reducir y controlar la mortalidad infantil y materna.
2- Incrementar la cobertura, calidad y calidez del control prenatal y perinatal.
3- Fortalecer la pareja y la familia a través de la promoción de la salud sexual y reproductiva
4- Promover la lactancia materna
Sector:
Salud y Nutrición
Tipología:
Promoción y Prevención; Asistencia Técnica; Formación y Capacitación
Población objetivo:
Toda la población
Grupos poblacionales:
Familia
Infancia y Adolescencia
Mujer
Ciclo de vida:
Infancia; Adolescencia; Adultez
Metas ejecutadas
por año
:

AñoDenominaciónMetas ejecutadas
2005
2005
2005
2005
Número de partos atendidos
Número de cesáreas
Número de usuarias de alto riesgo atendidas
Número de consultas prenatal atendidos
123.436
33.170
85.213
273.476
Presupuesto asignado
por año
:

AñoPresupuesto asignado
2005
2005
2006
Bs 40.160.000
Bs 29.940.000 (Comisión)
Bs 6.000.000.000
Estrategia de
implementación
:

El programa ha elaborado una norma oficial para Atención Integral en Salud Sexual y Reproductiva, con las bases conceptuales y programáticas, reglamento técnico-administrativo y procedimientos para el desarrollo de la misma. Este conjunto de documentos constituye un importante aporte para contribuir al mejoramiento de la calidad de la atención en salud sexual y reproductiva en las redes sociales y de salud.
El proceso de elaboración, revisión y validación de los documentos normativos ha contado con la participación de equipos interdisciplinarios con experticia sustantiva, gerencial y operativa en áreas de la Salud Sexual y Reproductiva del sector gubernamental y no gubernamental, a nivel nacional y regional, de la universidades nacionales, sociedades científicas, organismos de cooperación internacional como el Fondo de Población de la Naciones Unidas (UNFPA) y la Oficina Panamericana de la Salud (OPS).
Todos estos aportes han sido decisivos para el logro de este importante objetivo, contando también con la colaboración de los programas nacionales de Promoción de Salud y Desarrollo de la Salud Integral Las y Los Adolescentes, de ITS, VIH/SIDA, de Oncología, Salud Bucal, Salud Mental, Comité Nacional para la Prevención y Control de la Mortalidad Materna e Infantil y bajo la Coordinación del Programa Nacional de Salud Sexual y Reproductiva, la Dirección General de Salud Poblacional y el Viceministerio de Salud del Ministerio
Red de operación:
Sistemas Estadales de Salud, Coordinados por el Ministerio de Salud. Coordinación del Programa Nacional de Salud Sexual y Reproductiva
Mecanismos de acceso
al programa
:

Acudir a la Coordinación Nacional de Salud Sexual y Reproductiva del Ministerio de Salud, para mayor información
Mecanismos de difusión y
divulgación del programa
:

La Norma Oficial para la Atención Integral en Salud Sexual y Reproductiva de este programa se presenta en tres tomos editados de manera independiente para facilitar la consulta y el manejo cotidiano de estas herramientas, que se puede descargar en Internet en la página del Ministerio: http://www.msds.gov.ve
Situación actual del
programa
:

En ejecución
Encargados del programa
por año
:

Erick Rodríguez Ministro de Salud (2006-2007); T/C (Ej) (R) Jesús Mantilla, Ministro del Poder Popular para la Salud (2007)
Fuentes:
Ministerio de Salud. Plan Operativo Anual Nacional (POAN) 2005. Caracas: Ministerio de Salud. 2005. Material suministrado por la Unidad de Apoyo Técnico de la Dirección General de Salud Poblacional. Entrevista con Saúl Peña, Unidad de Apoyo Técnico de la Dirección General de Salud Poblacional del Ministerio de Salud. Caracas: Ministerio de Salud.2006. Ministerio de Salud y Desarrollo Social. Norma oficial para la atención integral de la salud sexual y reproductiva. Caracas: Ministerio de Salud y Desarrollo Social - Fondo de Población de las Naciones Unidas UNFPA. Disponible en: http://www.msds.gov.ve. 2006. Ministerio de Salud. Memoria y Cuenta 2005. Caracas: Ministerio de Salud. 2005
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Período de referencia:
Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2001-2007 (PDESN)
Ministerio:
Ministerio de Infraestructura-MINFRA
Nombre del programa:
Programa de Rehabilitación de Viviendas en Barrios
Año de inicio:
2000
Consideraciones legales:
Creación: 21/06/2000. (bajo el Decreto No. 863 del 14/06/2000, G.O. No. 36977) Las actuaciones precisas del Programa de Rehabilitación de Viviendas en Barrios (REVIBA), se encuentran enmarcadas de conformidad con lo previsto en el numeral 16 del artículo 70 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley que Regula el Subsistema de Vivienda y Política Habitacional, en concordancia con lo establecido a los artículos 4°, 6° y 11° secciones I, II y III del Titulo I de las Normas de Operación del Decreto con Rango y Fuerza de Ley que Regula el Subsistema de Vivienda y Política Habitacional , bajo el Decreto No. 863 del 14/06/2000, G.O. No. 36977 del 21/06/2000.
Equilibrio PDESN:
2. Social: Alcanzar la justicia social/ Incorporación progresiva (Inclusión)
Sub objetivos PDESN:
2.1 Garantizar el disfrute de los derechos sociales de forma universal y equitativa
Sub sub objetivos PDESN:
2.1.4 Vivienda y ambiente seguro y sano
2.3.4 Fomentar la corresponsabilidad ciudadana
Institución coordinadora:
Ministerio de Infraestructura (MINFRA)
Adscrita a:
Ministerio de Infraestructura (MINFRA)
Institución ejecutora:
Fundabarrios
Adscrita a:
Ministerio de Infraestructura (MINFRA)
Situación de diagnóstico:
Déficit de viviendas que reúnan las condiciones necesarias para la vida digna
Descripción del programa:
Es un programa que procura la construcción de un hábitat digno para la población venezolana de escasos recursos mediante la rehabilitación física y sustitución de vivienda en barrios y la activación de procesos de participación y desarrollo comunitario que permita convertirse en protagonistas de su propia transformación sociocultural
Objetivo del programa:
Lograr la rehabilitación efectiva de viviendas adecuadas para la vida urbana, mediante un proceso que además permita, a través del trabajo social comunitario, la creación de organizaciones comunitarias que rescaten los valores de convivencia ciudadana.
Conseguir la participación comunitaria por medio de la capacitación en los procedimientos para la construcción de viviendas.
Efectuar talleres informativos sobre las ordenanzas que regulen el área urbanística.
Sector:
Hábitat, Vivienda y Servicios
Tipología:
Infraestructura Social
Población objetivo:
Grupos familiares de escasos recursos
Población objetivo por
nivel de empleo
:

Toda la población
Población objetivo por
condiciones de vida
:

Pobres
Grupos poblacionales:
Familia
Ciclo de vida:
Juventud; Adultez; Adultez Mayor
Financiamiento:
AñoPropio%Org. Nac.%Externo%Privado%Total
Ministerio de infraestructura
Metas ejecutadas
por año
:

AñoDenominaciónMetas ejecutadas
2004Número de viviendas rehabilitadas (Tragedia Vargas)908
Estrategia de
implementación
:

Se ofrece:
-Obras de infraestructura urbana programadas por etapas, de vialidades integradas.
-Vialidad interna.
-Acueductos integrados a la red.
-Mini acueductos comunitarios.
-Cloacas.
-Embaulamiento de quebradas (menores).
-Aceras y escaleras.
-Muros de sostenimientos (pequeños).
-Brocales y drenajes.
-Reforestación de áreas circundantes (menores).
-Módulos de Servicios Comunitarios.
-Módulo de Servicios Asistenciales educacionales o recreacionales.
Red de operación:
Para optar al beneficio del programa REVIBA la comunidad debe presentar: Constancia de inscripción en CONAVI de la Organización Comunal de Vivienda (OCV), Acta realizada en asamblea comunitaria, en la que se especifique el deseo de obtener el beneficio de un proyecto de rehabilitación de viviendas, firmada por los vecinos, Proyecto de rehabilitación del barrio que especifique los datos generales del mismo y la problemática que se aspira solucionar
Mecanismos de acceso
al programa
:

Parámetros para la selección de viviendas:
-La estructura de la vivienda a rehabilitar debe soportar las mejoras.
-Las paredes deben ser resistentes y preferiblemente de bloque.
-Se entiende por rehabilitación la mejora de la vivienda, no incluye la ampliación de las mismas.
-No se considera la construcción de platabanda.
-No se considera la construcción de muro de contención.
Requisitos y recaudos que debe presentar la comunidad para optar al programa REVIBA:
-Constancia de registro de una OCV (Organización Comunitaria de Vivienda) de su comunidad.
-Acta realizada en asamblea comunitaria, firmada por los vecinos donde se especifique que desean un proyecto de rehabilitación de viviendas, señalando las siguientes características:
1.Ubicación geográfica e historia del Barrio.
2.Dirección: Estado, Municipio, Parroquia y nombre del Barrio.
3.Cantidad aproximada de viviendas a rehabilitar o sustituir.
4.Fotografías de la visión general de la comunidad.
5.Catastro de la comunidad, actualizado.
6.Acta constitutiva de Asociación Cooperativa en el área de construcción
Situación actual del
programa
:

En ejecución
Fuentes:
Página Oficial de Fundabarrios. Disponible en: http://www.fundabarrios.gov.ve/presentaciones/REVIBA.ppt. Consultado el 10/2006
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Período de referencia:
Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2001-2007 (PDESN)
Ministerio:
Ministerio para la Vivienda y el Hábitat-MINVIH
Nombre del programa:
Atención a los Pobladores de la Calle
Año de inicio:
2000
Consideraciones legales:
Creación: 21/06/2000. (Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 36.977)
Equilibrio PDESN:
2. Social: Alcanzar la justicia social/ Incorporación progresiva (Inclusión)
Sub objetivos PDESN:
2.1 Garantizar el disfrute de los derechos sociales de forma universal y equitativa
Sub sub objetivos PDESN:
2.1.4 Vivienda y ambiente seguro y sano
Estados:
Amazonas; Anzoátegui; Apure; Aragua; Barinas; Bolívar; Carabobo; Cojedes; Delta Amacuro; Distrito Capital; Falcón; Guárico; Lara; Mérida; Miranda; Monagas; Nueva Esparta; Portuguesa; Sucre; Táchira; Trujillo; Vargas; Yaracuy; Zulia
Institución coordinadora:
Ministerio para la Vivienda y el Hábitat (MINVIH)
Adscrita a:
Poder Ejecutivo; Consejo de Ministros; Presidencia de la República
Institución ejecutora:
Consejo Nacional de la Vivienda (CONAVI)
Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI)
Fundación para el mejoramiento de los Barrios (FUNDABARRIOS)
Fondo de Desarrollo Urbano (FONDUR)
Adscrita a:
Ministerio para la Vivienda y el Hábitat (MINVIH)
Situación de diagnóstico:
Inadecuado tratamiento a la falta de atención a las personas cuando se quedan sin hogar o vivienda en caso de desastres y durante el transcurso de etapas claves de su ciclo de vida
Descripción del programa:
El programa de atención a los pobladores de las calles, previsto en el numeral 1 del artículo 12 del Decreto con rango y fuerza de Ley que regula el Subsistema de Vivienda y Política Habitacional, está dirigido a la construcción, reconstrucción, ampliación, remodelación, mejora, dotación de equipos fijos y mantenimiento mayor de edificaciones y otras construcciones destinadas al alojamiento permanente o temporal e incluso al uso sin pernocta de personas sin hogar: indigentes, ancianos, niños y jóvenes, entre otros grupos desamparados o especiales.
Objetivo del programa:
Coordinar el proceso para la construcción remodelación, ampliación o adquisición de Viviendas Colectivas , destinadas a la prevención, protección y abrigo de niños, niñas y adolescentes privados de su medio familiar o de protección social; adultos en situación de indigencia.
Objetivos específicos:
1. La adquisición y dotación de terrenos y edificaciones para los usos antes mencionados, así como alojamientos provisionales para damnificados, en construcciones provisionales o permanentes;
2. La investigación y la asistencia técnica habitacional relacionada con la parte física-constructiva y general del programa;3. La preinversión en estudios, anteproyectos, proyectos y supervisión de obras.
Componentes:
Viviendas Colectivas:
-Representan un modelo arquitectónico basado en una visión integral de atención, que sustituye al antiguo modelo de albergues semejantes a cárceles o instituciones desprovistas de ambiente familiar.
-Cuentan con espacios para atender las necesidades psicoafectivas, nutricionales, de salud, apoyo educativo, cultural, recreacional y formativo.
-Están concebidas como el puente hacia la reinserción familiar o social.
Para Niños y Adolescentes:
Casa-Patio de Encuentro:
- Es un modelo de Vivienda Colectiva que responde a los Programas de Asistencia (definidos en la Ley Orgánica de Protección al Niño y al Adolescente LOPNA)
- La estructura es semejante a un pequeño parque o cancha en torno a la cual se incorpora un área techada que permite brindar un conjunto de servicios a los niños.
- Puede comprender comedor, baños, enfermería, Defensoría de los Niños, espacios para actividades culturales, otros.
- La capacidad de atención puede estimarse en 40 niños, en el entendido de que estos entran y salen.
Casa de Abrigo:
- Es un ejemplo de modelo que responde a los Programas de Abrigo. (Art. 127 de la LOPNA.).
- La estructura física puede ser semejante a la Casa Patio de Encuentro si el programa social contempla servicios asistenciales.
- Los dormitorios deben abrigar grupos pequeños de niños. (Cuatro o cinco por habitación).
- Capacidad de Pernocta: 20 plazas como máximo.
Red de Casas de Protección:
- Es un modelo que responde a los programas de abrigo (definidos en la LOPNA)
- Constituye una opción para dar operatividad a los programas de colección familiar
- Se trata de Viviendas ubicadas en los centros poblados, en las que vivirán, como cualquier otra familia, los niños y sus padres sustitutivos.
- La capacidad de atención debe estar entre 8 12 cupos.
Casa Cultural Recreativa:
- Es un modelo de vivienda colectiva que permite el desarrollo de acciones preventivas.
- Es el espacio, donde se prevé la realización de actividades culturales y recreativas.
- La capacidad de la casa puede estimarse en 50 cupos para niños.
Para Ancianos;
- Viviendas Asistidas para la Tercera Edad
- Guarderías geriátricas: se trata de espacios que le brindan atención al adulto mientras la familia trabaja
- Unidades geriátricas: el objetivo es brindar la posibilidad de un hogar a aquellos adultos mayores que no cuentan con un grupo familiar.
- La estructura física debe brindar los elementos de apoyo necesarios para que los ancianos tengan control sobre el espacio, seguridad física y emocional, que les permita aumentar su nivel de autosuficiencia.
- Pequeños espacios abiertos, conectores con el exterior (patios, balcones), el corredor como eje principal, salón para usos sociales, pequeños corredores.
Para Indigentes:
- Vivienda de Recuperación Integral
- Comprende espacios adecuados a cada una de las fases del proceso de recuperación:
- Unidad de Atención Inmediata.
- Unidad de Rehabilitación.
- Unidad de Reinserción social.
Sector:
Hábitat, Vivienda y Servicios; Asistencia y Protección Social
Tipología:
Infraestructura Social; Equipamiento y Dotación; Formación y Capacitación; Promoción y Prevención
Población objetivo:
Personas pobres y excluidas del hogar no atendidas por el sistema de atención en vivienda.
Niños excluidos de su medio familiar o de protección social
Ancianos mayores de 60 años, en situación de insolvencia económica y desamparo familiar
Indigentes o personas sin hogar, que han perdido sus vínculos familiares y sociales
Otros grupos desamparados o especiales.
Población objetivo por
nivel educativo
:

Toda la población
Población objetivo por
nivel de empleo
:

Toda la población
Población objetivo por
condiciones de vida
:

Pobres
Presupuesto asignado
por año
:

AñoPresupuesto asignado
2005Bs 1.407.747.008,74
Estrategia de
implementación
:

Hasta ahora existen 3 tipos de proyectos, que se asocian a este programa:
- Nuevas construcciones
- Remodelaciones
- Ampliaciones
Mecanismos de acceso
al programa
:

¿Quiénes pueden solicitar financiamiento?
- Instituciones Públicas
- Organizaciones No Gubernamentales
- Organizaciones Religiosas
- Fundaciones Privadas que ofrecen servicios gratuitos
Aspectos que debe contener la solicitud:
- Presentación de un Proyecto Social
- Datos de la Institución responsable del Proyecto Social
- Documentos Legales
- Información referida al Proyecto Físico solicitado
- Aval del Organismo Rector gubernamental según sea la población a atender: niños, niñas y adolescentes: Consejo Municipal de Derecho, Consejo Estatal de Derecho. Adultos Mayores: Inager. Indigencia: Gobernaciones y Alcaldías
Mecanismos de difusión y
divulgación del programa
:

conavi@conavi.gov.ve
Situación actual del
programa
:

En ejecución
Fuentes:
Consejo Nacional de la Vivienda. Normas de operación del decreto con rango y fuerza de ley que regula el subsistema de vivienda y política habitacional Decreto Nº 863 del 14/06/2000. Caracas: CONAVI. 2005. Disponible en: http://www.conavi.gov.ve/. Consultado en septiembre 2006. Ministerio de Hábitat y Vivienda. Entrevista con Javier Ramírez, Director (E) de Presupuesto del MINVIH.
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Período de referencia:
Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2001-2007 (PDESN)
Ministerio:
Ministerio para la Vivienda y el Hábitat-MINVIH
Nombre del programa:
Habilitación Física de las Zonas de Barrios
Año de inicio:
2000
Consideraciones legales:
Creación: 21/06/2000 (Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 36.977)
Equilibrio PDESN:
2. Social: Alcanzar la justicia social/ Incorporación progresiva (Inclusión)
Sub objetivos PDESN:
2.1 Garantizar el disfrute de los derechos sociales de forma universal y equitativa
Sub sub objetivos PDESN:
2.1.4 Vivienda y ambiente seguro y sano
Estados:
Amazonas; Anzoátegui; Apure; Aragua; Barinas; Bolívar; Carabobo; Cojedes; Delta Amacuro; Distrito Capital; Falcón; Guárico; Lara; Mérida; Miranda; Monagas; Nueva Esparta; Portuguesa; Sucre; Táchira; Trujillo; Vargas; Yaracuy; Zulia
Institución coordinadora:
Ministerio para la Vivienda y el Hábitat (MINVIH)
Adscrita a:
Poder Ejecutivo; Consejo de Ministros; Presidencia de la República
Institución ejecutora:
Consejo Nacional de la Vivienda (CONAVI)
Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI)
Fundación para el mejoramiento de los Barrios (FUNDABARRIOS)
Fondo de Desarrollo Urbano (FONDUR)
Adscrita a:
Ministerio para la Vivienda y el Hábitat (MINVIH)
Situación de diagnóstico:
Se establecieron como elementos para la instauración de este programa, el entender que 85% de la población venezolana es urbana, y reside en ciudades.
En las ciudades venezolanas más de 50% de sus habitantes reside en barrios.
Estos desarrollos tienden a permanecer y consolidarse en el tiempo, siendo que las viviendas, se convierten en el principal patrimonio económico y existencial de sus habitantes.
Necesidad de integrar a los pobladores de la zona de barrios a la ciudad y sus servicios para mitigar los altos índices de violencia, la falta de conciencia cívica, la deficiente prestación de servicios a las que están expuestos los ciudadanos y ciudadanas que en ellas residen y asunción del trabajo a realizar como zona de riesgos, para preservar la armonía y calidad de vida de las personas en el ámbito urbano.
Descripción del programa:
El programa de habilitación física de las zonas de barrios, previsto en el numeral 2 del artículo 12 del Decreto con rango y fuerza de Ley que regula el Subsistema de Vivienda y Política Habitacional, destinado a la mejor estructuración urbana de las grandes zonas de barrios con el resto de la ciudad de la que forman parte, está dirigido a la construcción, reconstrucción, ampliación, remodelación, mejora, dotación de equipos fijos y mantenimiento mayor de obras de prevención de riesgos geológicos y de otro tipo, obras mayores de infraestructura y obras de equipamientos colectivos de ámbito intermedio.
Objetivo del programa:
Lograr la mejor estructuración urbana de las grandes zonas de barrios con el resto de la ciudad de la que forman parte, está dirigido a la construcción, reconstrucción ampliación, remodelación, mejora, dotación de equipos fijos y mantenimiento mayor de obras de prevención de riesgos geológicos y de otro tipo, obras mayores de infraestructura y obras de equipamientos colectivos de ámbito intermedio.
De la misma manera, tiene por objeto la inserción de sus habitantes en el sistema social y económico, a través del apoyo y el fortalecimiento de la organización comunitaria; y la promoción de su participación en el desarrollo urbano local, tanto en las fases de planificación, elaboración de proyecto y construcción, como en el mantenimiento de las obras y los espacios comunes, hasta la formación de una conciencia ciudadana con derechos y obligaciones para con toda la ciudad.
Objetivos específicos:
1. Las obras locales de vialidad pública vehicular y peatonal, otros espacios públicos, mobiliario urbano y ornato público, así como vías, escaleras y caminerías semiprivadas; todo tipo de infraestructuras, incluyendo ramales terminales semiprivados, acometidas, empotramientos y conexiones individuales y colectivas; equipamientos colectivos de ámbito primario.
2. La demolición total o parcial de viviendas existentes y la construcción o remodelación de viviendas de sustitución de aquellas afectadas por la prevención de riesgos o por las otras obras de habilitación física, consideradas como reposición en especie de costos de expropiación para obras urbanas, así como las inversiones necesarias para la adquisición de tierras privadas ocupadas por barrios.
3. La preinversión en todos los estudios necesarios para su mejor orientación: Inventarios Nacionales, Planes Sectoriales, Planes Especiales, Planes sumarios de pequeñas ciudades, entre otros, así como todos los estudios especiales, anteproyectos, proyectos y supervisión para todos los tipos de obras descritos.
4. La preinversión en estudios y trabajo social o comunitario, de desarrollo de las capacidades comunitarias de organización, gestión y administración, así como de otras necesarias en la habilitación física de las zonas de barrios.
Sector:
Hábitat, Vivienda y Servicios; Asistencia y Protección Social
Tipología:
Infraestructura Social; Equipamiento y Dotación; Formación y Capacitación; Promoción y Prevención
Estrategia de
implementación
:

A nivel macro: Con la elaboración de Planes Sectoriales diseño y programación de actuaciones urbanísticas a escala metropolitana.
A nivel intermedio: Propuestas de obras de ingeniería correctiva y preventiva frente a riesgos geológicos, acueductos, emisarios cloacales principales, entre otros.
A nivel local: Proyectos de habilitación física.
Mecanismos de acceso
al programa
:

Si es una comunidad con carencia de infraestructura básica y factibilidad de dotación y/o si se encuentra en situaciones de emergencia que ameriten la habilitación del barrio pueden solicitar la operatividad del programa.
Para ello, la comunidad o un conjunto de sus vecinos o habitantes, deben solicitar la elaboración de una propuesta de habilitación para una zona de barrios o unidad de diseño urbano a los órgano ejecutores (en las Alcaldías, Institutos Municipales de la Vivienda y a los Institutos Regionales de la Vivienda).
Los recursos para la habilitación de los barrios los aporta el Gobierno Nacional, a través del CONAVI, y están dirigidos a mejorar la calidad habitacional de las familias desasistidas.
Pasos para la presentación de proyectos:
La comunidad organizada se dirige al organismo ejecutor y plantea su necesidad.
Con base en la necesidad de la comunidad, el organismo ejecutor elabora el planteamiento de habilitación y lo presenta ante el CONAVI.
Situación actual del
programa
:

En ejecución
Encargados del programa
por año
:

Ramón Carrizalez (2006-2007) Ministro del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat
Fuentes:
Entrevista con Javier Ramírez, Director (E) de Presupuesto del MINVIH
Normas de operación del decreto con rango y fuerza de Ley que regula el subsistema de vivienda y política habitacional. Decreto Nº 863 del 14/06/2000. Página Oficial del CONAVI
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Período de referencia:
Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2001-2007 (PDESN)
Ministerio:
Ministerio para la Vivienda y el Hábitat-MINVIH
Nombre del programa:
Mejoramiento y Ampliación de Casas en Barrios y Urbanizaciones Populares
Año de inicio:
2000
Consideraciones legales:
Creación: 21/06/2000 (Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 36.977)
Equilibrio PDESN:
2. Social: Alcanzar la justicia social/ Incorporación progresiva (Inclusión)
Sub objetivos PDESN:
2.1 Garantizar el disfrute de los derechos sociales de forma universal y equitativa
Sub sub objetivos PDESN:
2.1.4 Vivienda y ambiente seguro y sano
Estados:
Amazonas; Anzoátegui; Apure; Aragua; Barinas; Bolívar; Carabobo; Cojedes; Delta Amacuro; Distrito Capital; Falcón; Guárico; Lara; Mérida; Miranda; Monagas; Nueva Esparta; Portuguesa; Sucre; Táchira; Trujillo; Vargas; Yaracuy; Zulia
Institución coordinadora:
Ministerio para la Vivienda y el Hábitat (MINVIH)
Adscrita a:
Poder Ejecutivo; Consejo de Ministros; Presidencia de la República
Institución ejecutora:
Consejo Nacional de la Vivienda (CONAVI)
Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI)
Fundación para el mejoramiento de los Barrios (FUNDABARRIOS)
Fondo de Desarrollo Urbano (FONDUR)
Centro Rafael Urdaneta Sociedad Anónima (CRUSA)
Adscrita a:
Ministerio para la Vivienda y el Hábitat (MINVIH)
Situación de diagnóstico:
En las ciudades, existen asentamientos urbanos anárquicos (barrios), sin planificación y sin control desprovistos de condiciones mínimas de habitabilidad, en los cuales muchas familias edificaron sus viviendas con esfuerzo e iniciativa propia o colectiva, asumiéndose como una alternativa para desarrollar su vida familiar.
Descripción del programa:
El programa de mejoramiento y ampliación de casas en barrios y urbanizaciones populares, urbanas o rurales, previsto en el numeral 3 del artículo 12 del Decreto con rango y fuerza de Ley que regula el Subsistema de Vivienda y Política Habitacional, comprende también las mejoras y eventuales ampliaciones de otro tipo de residencias privadas en esa misma clase de asentamientos populares y en otros, como zonas centrales y otras zonas de viviendas populares tradicionales, consideradas o no de valor histórico patrimonial.
Objetivo del programa:
Mejorar y/o, ampliar, las viviendas asentadas en los barrios y urbanizaciones populares (urbanas y rurales), con la participación activa de la comunidad organizada, a fin de integrarla a la estructura urbana de la ciudad.
Objetivos específicos:
El programa de ampliaciones y mejoras de casas y tipos de residencias privadas en barrios, urbanizaciones populares u otras formas de asentamientos populares incluye:
1. La adquisición de parcelas individuales de uso privado y colectivas de uso semiprivado, el financiamiento de corto plazo para la producción y de largo plazo, es decir, hasta tres (3) préstamos preclusivos con un lapso de recuperación no mayor de cinco (5) años cada uno u otras variantes, para la reposición del crédito, incluyendo la reposición del crédito y los casos con garantías subsidiarias. La recuperación total o parcial de lo invertido dependerá de la aplicación del subsidio directo a las familias con ingresos mensuales por debajo de una cantidad equivalente a 55 U.T. y, eventualmente, a las familias con ingresos mensuales mayores a una cantidad equivalente a 55 U.T., y hasta 110 U.T., de acuerdo con lo establecido en estas Normas de Operación correspondientes al subsidio directo a la demanda y a los créditos de largo plazo del Fondo de Aportes del Sector Público y Fondo Mutual Habitacional.
2. La preinversión en todos los estudios necesarios para su mejor orientación, así como todos los anteproyectos, proyectos y supervisión para las obras de ampliaciones y mejoras de las edificaciones.
3. La preinversión en estudios y trabajo social o comunitario de desarrollo de las capacidades familiares de organización, gestión y administración, así como de otras necesarias en las ampliaciones y mejoras de casas y otras formas de residencias privadas en barrios, urbanizaciones populares u otras formas de asentamientos populares previstas en el programa.
4. La investigación, comprendiendo aquellas a través de proyectos piloto para obtener y actualizar datos confiables de comportamientos y costos aplicables en todo el programa, y la asistencia técnica habitacional en los aspectos legales, técnico-constructivos, organizativos, administrativos, financieros y urbanísticos, así como la administrativa para la contratación dirigida de microempresas comunitarias en su fase de capacitación, entre otros. Comprende la instalación y operación de oficinas locales de asistencia técnica y los gastos de distintos sistemas de pasantías.
5. Los gastos de administración de obras, gastos generales de dirección de proyectos y administración general de ampliaciones y mejoras de casas y otras formas de residencias privadas en barrios, urbanizaciones populares u otras formas de asentamientos populares previstas en el programa.
6. En los proyectos de financiamiento multilateral para ampliaciones y mejoras de casas y otras formas de residencias privadas en barrios, urbanizaciones populares u otras formas de asentamientos populares, la contraparte nacional podrá constituir aportes financieros.
Sector:
Hábitat, Vivienda y Servicios; Asistencia y Protección Social
Tipología:
Infraestructura Social; Equipamiento y Dotación; Formación y Capacitación; Promoción y Prevención
Población objetivo:
Familias en asentamientos populares, urbanizaciones populares, cascos centrales y otras zonas de viviendas populares tradicionales, consideradas o no de valor histórico patrimonial.
Metas programadas
por año
:

AñoDenominaciónMetas programadas
2006Familias a beneficiar170
Presupuesto asignado
por año
:

AñoPresupuesto asignado
2005
2006
Bs 1.340.436.761,27
Bs 25.699.977.132,16
Estrategia de
implementación
:

Para el caso de las ampliaciones y mejoras de casas en barrios, este programa incluye particularmente el refuerzo para prevención de riesgos sísmicos entre otras mejoras y ampliaciones, y se podrá desarrollar simultáneamente al de habilitación física de las zonas de barrios, apoyándose en los mismos ejecutores, organizaciones no gubernamentales y comunidades organizadas para la autogestión urbana, así como en oficinas locales de asistencia técnica.
Para el caso de las ampliaciones y mejoras de casas en urbanizaciones populares, urbanas o rurales, el programa se podrá desarrollar simultáneamente al de rehabilitación física de la urbanización, apoyándose en los mismos ejecutores, organizaciones no gubernamentales y comunidades organizadas. En todos estos casos, se suma como agente activo del programa, la capacidad de gestión individual de las familias interesadas en la ampliación y mejora de sus casas o residencias. También aparecen como agentes del programa las entidades financieras u otras instituciones que puedan otorgar préstamos individuales a familias residenciadas en barrios y otras zonas residenciales populares deterioradas, los organismos ejecutores, las organizaciones no gubernamentales y las organizaciones de la comunidad que puedan asistir técnicamente a las familias para el mejoramiento de sus espacios privados.
Las empresas públicas, mixtas o privadas, podrán incorporarse como agentes del programa a que se refiere esta sección, mediante convenios especiales suscritos al efecto, bajo la asistencia técnica del Consejo Nacional de la Vivienda.
El derecho a asistencia habitacional en ampliaciones y mejoras de residencias existentes es de los grupos familiares quienes podrán ejercerlo sin más limitaciones que las crediticias, técnicas y del sistema de elegibilidad. Por ello, las ampliaciones y mejoras de casas y otras formas de residencias privadas en barrios, urbanizaciones populares u otras formas de asentamientos populares previstas en el programa, podrán también efectuarse en subprogramas que contemplen la solución de las cuestiones de garantía crediticias y de idoneidad técnica, de manera diferente a la empleada coordinadamente con procesos de habilitación o rehabilitación física del sector urbano o rural. De este modo, el programa incluye la reposición total de viviendas muy precarias en las mismas parcelas que ocupan en barrios o zonas rurales, entre otras formas de mejoramiento de residencias privadas.
Mecanismos de acceso
al programa
:

Pueden acceder a este programa, las familias asentadas en barrios y urbanizaciones populares que:
-Construyeron sus viviendas con sus propios medios, sin intervención del Estado (acceden al programa a través de subsidio o crédito).
-Familias que recibieron un beneficio habitacional por parte del Estado -INAVI, SAVIR, tasas subsidiadas, entrega de materiales, etc. (acceden al programa por intermedio del crédito).
-La solicitud deberá canalizarse, a través de un órgano ejecutor Nacional, Regional, Municipal.
Las familias o individuos que tengan un ingreso mensual menor a 55 U.T., podrán optar a un subsidio habitacional para mejorar o ampliar sus viviendas
Requisitos para optar al subsidio
-Ser cotizante de La Ley de Política Habitacional
-Ingreso familiar mensual hasta 55 U.T.
-Ser venezolano o extranjero residente por mas de 5 años y ser padre o madre de un venezolano.
-Condición habitacional actual: Tener vivienda propia sujeta a mejoramiento
-No haber sido objeto de algún otro subsidio o beneficio de carácter habitacional
Situación actual del
programa
:

En ejecución
Encargados del programa
por año
:

Ramón Carrizalez (2006-2007) Ministro del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat
Fuentes:
Entrevista con Javier Ramírez, Director (E) de Presupuesto del MINVIH
Normas de operación del decreto con rango y fuerza de Ley que regula el subsistema de vivienda y política habitacional Decreto Nº 863 del 14/06/2000. Página Oficial del CONAVI
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Período de referencia:
Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2001-2007 (PDESN)
Ministerio:
Ministerio para la Vivienda y el Hábitat-MINVIH
Nombre del programa:
Rehabilitación de Urbanizaciones Populares
Año de inicio:
2000
Consideraciones legales:
Creación: 21/06/2000 (Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 36.977)
Equilibrio PDESN:
2. Social: Alcanzar la justicia social/ Incorporación progresiva (Inclusión)
Sub objetivos PDESN:
2.1 Garantizar el disfrute de los derechos sociales de forma universal y equitativa
Sub sub objetivos PDESN:
2.1.4 Vivienda y ambiente seguro y sano
Estados:
Amazonas; Anzoátegui; Apure; Aragua; Barinas; Bolívar; Carabobo; Cojedes; Delta Amacuro; Distrito Capital; Falcón; Guárico; Lara; Mérida; Miranda; Monagas; Nueva Esparta; Portuguesa; Sucre; Táchira; Trujillo; Vargas; Yaracuy; Zulia
Institución coordinadora:
Ministerio para la Vivienda y el Hábitat (MINVIH)
Adscrita a:
Poder Ejecutivo; Consejo de Ministros; Presidencia de la República
Institución ejecutora:
Consejo Nacional de la Vivienda (CONAVI)
Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI)
Fundación para el mejoramiento de los Barrios (FUNDABARRIOS)
Fondo de Desarrollo Urbano (FONDUR)
Centro Rafael Urdaneta Sociedad Anónima (CRUSA)
Servicio Autónomo de Vivienda Rural (SAVIR)
Adscrita a:
Ministerio para la Vivienda y el Hábitat (MINVIH)
Situación de diagnóstico:
En las ciudades, existen asentamientos urbanos anárquicos (barrios), sin planificación y sin control desprovistos de condiciones mínimas de habitabilidad, en los cuales muchas familias edificaron sus viviendas con esfuerzo e iniciativa propia o colectiva, asumiéndose como una alternativa para desarrollar su vida familiar.
Descripción del programa:
El Programa de rehabilitación de urbanizaciones populares, previsto en el numeral 4 del artículo 12 del Decreto con rango y fuerza de Ley que regula el Subsistema de Vivienda y Política Habitacional, está dirigido a aquellas que fueron promovidas y por tanto proyectadas fundamentalmente por el Estado o para el Estado en sus distintos niveles y que se encuentren en estado de deterioro. Abarca desde urbanizaciones populares con un alto nivel inicial de calidad de urbanización y de edificación, hasta barracas provisionales, incluyendo toda clase de desarrollos regulares en su mayoría y algunos progresivos, con variadas calidades iniciales, e incluso asentamientos rurales absorbidos o no por ciudades, además de algunas urbanizaciones de promoción privada legal. Pretende lograr el objetivo mediante la formulación de proyectos urbanos que involucran a los organismos ejecutores, a la comunidad organizada, a las pequeñas y medianas empresas de la construcción y a grupos interdisciplinarios de profesionales. Finalmente lo que se espera es lograr la transferencia de la propiedad y regularizar la tenencia de la tierra, en coordinación con el organismo promotor inicial.
Objetivo del programa:
Procurar la rehabilitación integral sostenible y sustentable de las urbanizaciones populares que presenten un alto grado de deterioro físico, ya sea por longevidad de la obra o por vicios constructivos.
Objetivos específicos:
1. Realizar inversiones para la adquisición de tierras públicas ocupadas por urbanizaciones populares, o de tierras privadas o públicas en las otras formas de asentamientos populares previstas en el programa.
2. Constitución de aportes financieros de contraparte nacional en proyectos de financiamiento multilateral para la rehabilitación física de urbanizaciones populares o de otras formas de asentamientos populares previstas en el programa.
3. Construcción, reconstrucción, ampliación, remodelación, mejora, dotación de equipos fijos y mantenimiento mayor de obras de prevención de riesgos geológicos y de otro tipo, obras mayores de infraestructura y obras de equipamientos colectivos de ámbito intermedio; todas ellas destinadas a la mejor estructuración de las urbanizaciones populares con el resto de la ciudad o del entorno rural que forman parte.
4. Construcción o reconstrucción de obras locales de vialidad pública vehicular y peatonal, otros espacios públicos, mobiliario urbano y ornato público, así como veredas y caminerías semiprivadas; todo tipo de infraestructuras, incluyendo ramales terminales semiprivados, acometidas, empotramientos y conexiones individuales y colectivas; equipamientos colectivos de ámbito primario.
5. Demolición total o parcial de viviendas existentes y la construcción o remodelación de viviendas de sustitución de aquellas afectadas por la prevención de riesgos o por vicios ocultos en construcción, consideradas parcial o totalmente como reposición en especie de costos de expropiación para obras urbanas.
6. Preinversión en todos los estudios necesarios para su mejor orientación; Inventarios Nacionales, Planes Sectoriales, Planes Especiales, Planes de pequeñas ciudades, entre otros.
7. Estudios especiales, anteproyectos, proyectos y supervisión para todos los tipos de obras descritos.
8. Preinversión en estudios y trabajo social o comunitario de desarrollo de las capacidades comunitarias de organización, gestión y administración así como de otras necesarias en la rehabilitación física de urbanizaciones populares y otras formas de asentamientos populares previstas en el programa y su posterior mantenimiento.
9. Investigación, incluida aquella a través de proyectos piloto para obtener y actualizar datos confiables de comportamientos y costos aplicables en todo el programa, así como la asistencia técnica habitacional en los aspectos legales, técnico-constructivos, organizativos, administrativos, financieros y urbanísticos, la asistencia administrativa para la contratación dirigida de microempresas comunitarias en su fase de capacitación, entre otros. Comprende la instalación y operación de oficinas locales de asistencia técnica y los gastos de distintos sistemas de pasantías.
10. Gastos de administración de obras, gastos generales de dirección de proyectos y de administración general de proyectos de rehabilitación física de urbanizaciones populares y otras formas de asentamientos populares previstas en el programa.
Componentes:
El programa igualmente contempla la cobertura de los siguientes subprogramas:
Rehabilitación de urbanizaciones populares unifamiliares y multifamiliares
Rehabilitación de Centros Poblados
Rehabilitación de Centros Históricos
Sector:
Hábitat, Vivienda y Servicios; Asistencia y Protección Social
Tipología:
Infraestructura Social; Equipamiento y Dotación; Formación y Capacitación; Promoción y Prevención
Población objetivo:
Tiene cobertura para familias cuyos ingresos mensuales no sobrepasen las 55 U.T.
Metas programadas
por año
:

AñoDenominaciónMetas programadas
2006Personas a beneficiar79.337
Presupuesto asignado
por año
:

AñoPresupuesto asignado
2005
2006
Bs 47.998.525.193,12
Bs 7.053.681.009,76
Estrategia de
implementación
:

El programa de rehabilitación de urbanizaciones populares se clasifica como mixto, de acuerdo con la exigencia de contraprestación económica por parte de los beneficiarios de este tipo de asistencia habitacional. Esto, por cuanto las preinversiones e inversiones en el programa serán no reproductivas en la medida que se destinen a rehabilitar edificaciones y conjuntos de edificaciones, con el nivel de calidad necesarios para obtener las condiciones colectivas de habitabilidad y cuando las familias residentes en los conjuntos tengan mayoritariamente niveles de ingreso familiar mensual hasta el equivalente a 55 Unidades Tributarias Por el contrario, cuando se trate de mejoramientos o nuevas obras más allá del nivel mínimo de habitabilidad o cuando las familias residentes en los conjuntos tengan mayoritariamente niveles de ingreso familiar mensual superiores al equivalente a 55 Unidades Tributarias., las preinversiones e inversiones en el programa serán reproductivas. En todos los casos previstos en este artículo, el mantenimiento posterior de las urbanizaciones rehabilitadas y de las edificaciones sometidas a reparaciones mayores quedará a cargo de los ingresos de sus pobladores, preferiblemente organizados en asociaciones civiles y en condominios de acuerdo con la Ley de Propiedad Horizontal
Mecanismos de acceso
al programa
:

La comunidad, en consenso con el órgano ejecutor, elaborará un prediagnóstico de la urbanización y decidirá el tipo de mejoras que le realizarán a la edificación. Posteriormente, pasará a presentar los siguientes recaudos:
Memoria descriptiva del proyecto de rehabilitar donde se especifique:
-Ubicación de la obra (estado, municipio, urbanización).
-Ente ejecutor.
-Lapso de ejecución.
-Cronograma de desembolso.
-Inversión.
-Presupuesto impacto en número de personas beneficiadas o número de familias.
-Número de empleos generados.
-Plano de ubicación del lugar a intervenir.
-Fotografías de las edificaciones u obras a realizarse antes de la intervención.
-Proyecto de rehabilitación.
-Documentación legal de la institución y de la persona firmante del convenio (cédula de identidad, gaceta de nombramiento o postulación en el caso de los alcaldes)
-Edificaciones a Atender
-Edificaciones construidas por y para el Estado, que por longevidad de la obra se encuentren en situación de deterioro.
-Desarrollos regulares y algunos progresivos de diversa calidad. También asentamientos rurales absorbidos o no por ciudades (centros poblados).
-Edificaciones con alto valor Arquitectónico patrimonial, que se encuentren en centros históricos decretados como tal por el instituto de patrimonio cultural y que presenten deterioro físico.
-Niveles de ingresos y asistencia técnica.
-Se requiere que 70% de las familias que habitan en la edificación a rehabilitar, tengan niveles de ingreso familiar mensual hasta el equivalente a 55 U.T.
-La coordinación de la asistencia técnica habitacional integral se hará a través del órgano ejecutor (nacional o regional), siguiendo lo establecido por el CONAVI.
Situación actual del
programa
:

En ejecución
Encargados del programa
por año
:

Ramón Carrizalez (2006-2007) Ministro del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat
Fuentes:
Entrevista con Javier Ramírez, Director (E) de Presupuesto del MINVIH
Normas de operación del decreto con rango y fuerza de Ley que regula el subsistema de vivienda y política habitacional Decreto Nº 863 del 14/06/2000. Página Oficial del CONAVI
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Período de referencia:
Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2001-2007 (PDESN)
Ministerio:
Ministerio para la Vivienda y el Hábitat-MINVIH
Nombre del programa:
Nuevas Urbanizaciones y Viviendas en Desarrollo Progresivo
Año de inicio:
2000
Consideraciones legales:
Creación: 21/06/2000 (Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 36.977)
Equilibrio PDESN:
2. Social: Alcanzar la justicia social/ Incorporación progresiva (Inclusión)
Sub objetivos PDESN:
2.1 Garantizar el disfrute de los derechos sociales de forma universal y equitativa
Sub sub objetivos PDESN:
2.1.4 Vivienda y ambiente seguro y sano
Estados:
Amazonas; Anzoátegui; Apure; Aragua; Barinas; Bolívar; Carabobo; Cojedes; Delta Amacuro; Distrito Capital; Falcón; Guárico; Lara; Mérida; Miranda; Monagas; Nueva Esparta; Portuguesa; Sucre; Táchira; Trujillo; Vargas; Yaracuy; Zulia
Institución coordinadora:
Ministerio para la Vivienda y el Hábitat (MINVIH)
Adscrita a:
Poder Ejecutivo; Consejo de Ministros; Presidencia de la República
Institución ejecutora:
Consejo Nacional de la Vivienda (CONAVI)
Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI)
Fundación para el mejoramiento de los Barrios (FUNDABARRIOS)
Fondo de Desarrollo Urbano (FONDUR)
Centro Rafael Urdaneta Sociedad Anónima (CRUSA)
Servicio Autónomo de Vivienda Rural (SAVIR)
Adscrita a:
Ministerio para la Vivienda y el Hábitat (MINVIH)
Descripción del programa:
El Programa de nuevas urbanizaciones y viviendas de desarrollo progresivo, previsto en el numeral 5 del artículo 12 del Decreto con rango y fuerza de Ley que regula el Subsistema de Vivienda y Política Habitacional, está dirigido a la dotación de nuevas urbanizaciones y viviendas de desarrollo progresivo que puedan absorber el crecimiento de la población urbana y rural de bajos ingresos, que de otro modo desarrollaría nuevos barrios de ranchos, para los que correspondería posteriormente la atención habitacional en habilitación física y en ampliaciones y mejoras de las edificaciones, con un costo sustancialmente mayor.
La producción de nuevas urbanizaciones y viviendas de desarrollo progresivo corresponde a urbanizaciones de consolidación progresiva y a edificaciones residenciales con posibilidades de crecimiento y consolidación progresiva. El programa está fundamentalmente destinado a las necesidades de vivienda de los sectores de ingresos bajos, hasta el equivalente a 55 U.T., mensuales, utilizándose principalmente recursos del Fondo de Aportes del Sector Público y toda la infraestructura creada y potencial del sector público para la promoción, y del sector privado para la autopromoción comunitaria, autopromoción individual y construcción de viviendas de bajo costo para el propio consumo y la venta. Excepcionalmente, podrá emplearse la infraestructura creada por el sector privado para la promoción, construcción y venta de este mismo tipo de urbanizaciones y viviendas.
Objetivo del programa:
Prever, proyectar, orientar y asistir a los entes ejecutores y comunidades en el diseño y ejecución de proyectos de nuevas urbanizaciones y viviendas de desarrollo progresivo, dirigidos a la población urbana y/o rural, con ingresos familiares mensuales inferiores o iguales a 55 Unidades Tributarias
Promover la participación activa y corresponsable de las comunidades en todas las fases del proceso de diseño, construcción de su vivienda y hábitat
Objetivos específicos:
El programa de nuevas urbanizaciones y viviendas de desarrollo progresivo incluye:
1. Preinversiones e inversiones en obras en escalas que van desde las infraestructuras básicas y troncales de la ciudad, así como de los servicios comunales de ámbito intermedio, hasta la inversión privada de los pobladores en su propia vivienda, pasando por las acciones en cada urbanización y las acciones en condominios semiprivados compartidos por pequeños grupos de viviendas. Lo invertido será parcialmente recuperable, de acuerdo con la incidencia del subsidio directo a los pobladores con ingresos familiares por debajo de una cantidad equivalente a 55 U.T.
Cuando los proyectos de nuevas urbanizaciones y viviendas de desarrollo progresivo sean de promoción privada requerirán de la calificación del Consejo Nacional de la Vivienda o de ejecutores públicos delegados por éste, para obtener financiamiento de corto plazo a la construcción proveniente del Fondo de Aportes del Sector Público, hasta el monto del subsidio estimado para los adquirientes finales, mientras la parte restante del financiamiento de corto plazo se efectuará con recursos del Fondo Mutual Habitacional.
2. Adquisición de tierras para uso residencial, financiamiento de corto plazo para la producción y de largo plazo, es decir, hasta tres (3) préstamos preclusivos con un lapso de recuperación no mayor de cinco (5) años cada uno u otras variantes, para la adquisición, incluyendo los casos con garantías subsidiarias. También la compra de viviendas progresivas en el mercado secundario.
3. Preinversión en todos los estudios necesarios para su mejor orientación: inventarios, planes, estudios especiales, entre otros. También anteproyectos, proyectos y supervisión para las obras de urbanización y edificación.
4. Preinversión en estudios y trabajo social o comunitario de desarrollo de las capacidades comunitarias de organización, gestión y administración, así como de otras necesarias en las urbanizaciones y viviendas de desarrollo progresivo. Incluye la investigación, comprendiendo aquella a través de proyectos piloto para obtener y actualizar datos confiables de comportamientos y costos aplicables en todo el programa, y la asistencia técnica habitacional en los aspectos legales, técnico-constructivos, organizativos, administrativos, financieros y urbanísticos, así como la administrativa para la contratación dirigida de microempresas comunitarias en su fase de capacitación, entre otros. Comprende la instalación y operación de oficinas locales de asistencia técnica y los gastos de distintos sistemas de pasantías.
5. Gastos de administración de obras, gastos generales de dirección de proyectos y de administración general de proyectos de urbanizaciones y viviendas de desarrollo progresivo.
Componentes:
-Nuevos desarrollos: urbanismos y viviendas.
-Nuevas viviendas: urbanismos ya desarrollados o en parcelas individuales dotadas de servicios básicos.
Sector:
Hábitat, Vivienda y Servicios; Asistencia y Protección Social
Tipología:
Infraestructura Social; Equipamiento y Dotación; Formación y Capacitación; Promoción y Prevención
Población objetivo:
Población sin vivienda propia y que no ha recibido ningún subsidio o beneficio de carácter habitacional
Metas programadas
por año
:

AñoDenominaciónMetas programadas
2006Viviendas a ejecutar 5.463
Metas ejecutadas
por año
:

AñoDenominaciónMetas ejecutadas
2005Familia beneficiadas1.687
Presupuesto asignado
por año
:

AñoPresupuesto asignado
2005
2006
Bs 16.832.400.000
Bs 60.111.566.999,33
Estrategia de
implementación
:

Las parcelas deben tener un mínimo de 160 m2., en caso de vivienda unifamiliar. Área mínima de construcción de la vivienda 55 m2. Cada vivienda debe poseer las siguientes características: 2 Habitaciones, 1 baño, cocina, comedor, sala, lavandero
Mecanismos de acceso
al programa
:

Las familias que cumplan con los requisitos de Ley y las comunidades organizadas legalmente constituidas y registradas ante el Consejo Nacional de la Vivienda (CONAVI), cuyas familias no tengan ingresos mensuales que sobrepasen las 55 Unidades Tributarias
La selección de los afiliados para optar al subsidio directo a la demanda está sujeta al Sistema de Elegibilidad
Requisitos para optar al subsidio:
-Ingreso familiar mensual hasta 55 Unidades Tributarias
-Ser venezolano o extranjero residente por más de 5 años y ser padre o madre de un venezolano.
-Condición habitacional actual: sin vivienda propia.
-No haber sido objeto de algún otro subsidio o beneficio de carácter habitacional.
-Ser cotizante de La Ley de Política Habitacional.
Situación actual del
programa
:

En ejecución
Encargados del programa
por año
:

Ramón Carrizalez (2006-2007) Ministro del Poder Popular para la Vivienda y Hábitat
Fuentes:
Entrevista con Javier Ramírez, Director (E) de Presupuesto del MINVIH
Normas de operación del decreto con rango y fuerza de Ley que regula el subsistema de vivienda y política habitacional Decreto Nº 863 del 14/06/2000. Página Oficial del CONAVI
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Período de referencia:
Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2001-2007 (PDESN)
Ministerio:
Ministerio para la Vivienda y el Hábitat-MINVIH
Nombre del programa:
Urbanizaciones y Viviendas Regulares
Año de inicio:
2000
Consideraciones legales:
Creación: 21/06/2000 (Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 36.977)
Equilibrio PDESN:
2. Social: Alcanzar la justicia social/ Incorporación progresiva (Inclusión)
Sub objetivos PDESN:
2.1 Garantizar el disfrute de los derechos sociales de forma universal y equitativa
Sub sub objetivos PDESN:
2.1.4 Vivienda y ambiente seguro y sano
Estados:
Amazonas; Anzoátegui; Apure; Aragua; Barinas; Bolívar; Carabobo; Cojedes; Delta Amacuro; Distrito Capital; Falcón; Guárico; Lara; Mérida; Miranda; Monagas; Nueva Esparta; Portuguesa; Sucre; Táchira; Trujillo; Vargas; Yaracuy; Zulia
Institución coordinadora:
Ministerio para la Vivienda y el Hábitat (MINVIH)
Adscrita a:
Poder Ejecutivo; Consejo de Ministros; Presidencia de la República
Institución ejecutora:
Consejo Nacional de la Vivienda (CONAVI)
Fondo de Desarrollo Urbano (FONDUR)
Adscrita a:
Ministerio para la Vivienda y el Hábitat (MINVIH)
Descripción del programa:
El Programa de urbanizaciones y viviendas regulares, previsto en el numeral 6 del artículo 12 del Decreto con rango y fuerza de Ley que regula el Subsistema de Vivienda y Política Habitacional, dirigido a la producción de nuevas urbanizaciones y viviendas regulares, instantáneas o completas, sin mayores posibilidades de crecimiento o consolidación, está fundamentalmente destinado a las necesidades de vivienda de los sectores de ingresos medios, con ingresos mensuales desde el equivalente a más de 55 Unidades Tributarias hasta el equivalente a 150 Unidades Tributarias, utilizándose principalmente recursos del Fondo Mutual Habitacional, y toda la infraestructura creada y potencial del sector privado para la promoción, autopromoción comunitaria, autopromoción individual y construcción de viviendas de bajo costo para el propio consumo, la venta y el alquiler.
La producción y circulación de vivienda puede hacerse para la modalidad de alquiler simple, de participación en la propiedad, o con opción a compra.
El programa comprende la compra o alquiler de viviendas existentes en el mercado secundario, incluyendo los casos con garantías subsidiarias
Objetivo del programa:
Facilitar el proceso de construcción y adquisición de viviendas para satisfacer las necesidades de familias con ingresos hasta 150 Unidades Tributarias, con capacidad para asumir un préstamo hipotecario
Componentes:
Adquisición y urbanización de tierras para uso residencial.
Financiamiento a corto plazo (constructor) para la ejecución de proyectos de carácter habitacional.
Financiamiento a largo plazo (comprador) para la adquisición de viviendas.
Adquisición de viviendas existentes en el mercado secundario.
Remodelación y/o mejoramiento de vivienda principal
Sector:
Hábitat, Vivienda y Servicios; Asistencia y Protección Social
Tipología:
Infraestructura Social; Equipamiento y Dotación; Formación y Capacitación; Promoción y Prevención
Población objetivo:
Familias con ingresos hasta 150 Unidades Tributarias, con capacidad para asumir un préstamo hipotecario
Presupuesto asignado
por año
:

AñoPresupuesto asignado
2006
2006
Bs 248.663.641.164,98
Bs 209.020.987.810,07 (Designado para Proyectos)
Estrategia de
implementación
:

En los casos destinados a la atención habitacional de familias con ingresos de más de 55 Unidades Tributarias, el programa será fundamentalmente reproductivo, con excepción de la parte financiada con subsidio directo habitacional, con recursos financieros provenientes de los rendimientos del Fondo de Aportes del Sector Público. Excepcionalmente, urbanizaciones y viviendas regulares, sin posibilidades de crecimiento o mayor consolidación posterior, podrán destinarse a familias con ingresos hasta el equivalente a 55 Unidades Tributarias. En estos casos se aplicarán subsidios directos a las familias adquirientes, provenientes del Fondo de Aportes del Sector Público e iguales a los contemplados para las viviendas progresivas.
Todo el programa de urbanizaciones y viviendas regulares incluye la adquisición de tierras para uso residencial, financiamiento a corto plazo para la producción y a largo plazo para la adquisición.
En los casos de producción y circulación de vivienda de alquiler, compra de viviendas en el mercado secundario con garantías subsidiarias y otras variantes especiales, el programa incluye la investigación a través de proyectos piloto, y la asistencia técnica habitacional en los aspectos legales, técnico-constructivos, organizativos, administrativos, financieros y urbanísticos, así como estudios especiales, anteproyectos y proyectos.
Condiciones mínimas para el Diseño de las Viviendas.
-las parcelas no tienen un área mínima.
-las viviendas el área de construcción de 65 mts2 medidos entre ejes internos, de pared a pared
Mecanismos de acceso
al programa
:

La inicial mínima que establece las Normas de Operación de la Ley que Regula el Subsistema de Vivienda es de 20%. El banco financia de acuerdo a los ingresos del grupo familiar.
La tasa del crédito es variable y la fija el Consejo Nacional de Vivienda (CONAVI), previo visto bueno del Banco Central de Venezuela (BCV). Actualmente es de 11,36%
Las personas que quieran optar por este beneficio, deben estar inscritas en el Fondo Mutual Habitacional, cotizando a través de las empresas para las que trabajan. Las personas naturales que ejerzan actividades por cuenta propia y, no tengan relación de dependencia patronal, podrán incorporarse al Fondo Mutual Habitacional efectuando mensual y consecutivamente depósitos equivalentes al tres por ciento (3%) de sus ingresos promedios mensuales, en instituciones financieras calificadas.
El monto del ingreso mensual familiar dirigido al préstamo es del 20%.
Las Personas Naturales que ejerzan actividades por cuenta propia, deberán cotizar al Fondo Mutual Habitacional y tener un mínimo de doce (12) cotizaciones.
REQUISITOS MINIMOS PARA PRESENTAR UN PROYECTO.
- Memoria descriptiva del proyecto
- Constancia urbanística sobre la adecuación de variables urbanas fundamentales
- Certificaciones de servicios expedidas de conformidad con la ley
- Presupuesto de obras detallado por partidas
- Cronograma de ejecución
- Planos de ubicación y conjunto
Situación actual del
programa
:

En ejecución
Fuentes:
Entrevista con Javier Ramírez, Director (E) de Presupuesto del MINVIH
Normas de operación del decreto con rango y fuerza de ley que regula el subsistema de vivienda y política habitacional Decreto Nº 863 del 14/06/2000. Página Oficial del CONAVI.